Ahora los CDA te pueden multar por SOAT vencido

Si su carro o moto no tiene SOAT, no podrá pasar la revisión técnico-mecánica y podría ser multado

El 2025 trae consigo una nueva regulación emitida por el Ministerio de Transporte de Colombia que impactará a todos los propietarios de vehículos. Esta medida establece que los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) deberán verificar la vigencia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) antes de realizar la revisión técnico-mecánica. En caso de que el vehículo no cuente con este requisito, será reportado a las autoridades de tránsito y el propietario podría enfrentar una multa.

¿Qué implica esta nueva normativa?

A partir de la implementación de esta medida, los CDA tendrán la obligación de comprobar que los automotores presentados para la revisión técnico-mecánica cuenten con un SOAT vigente. Si un vehículo no tiene este seguro al día, la situación será notificada al organismo de tránsito correspondiente, lo que resultará en la imposición de una sanción al propietario.

De acuerdo con la circular del Ministerio de Transporte, la información sobre la vigencia del SOAT será verificada en tiempo real mediante el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). Este control busca reducir el alto índice de evasión del seguro obligatorio y fortalecer la seguridad vial en el país.

¿A quiénes afecta esta nueva disposición?

Esta normativa aplica a todos los conductores de vehículos que requieren la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, incluyendo motocicletas, automóviles de uso particular y vehículos de servicio público o comercial.

Hasta ahora, los propietarios de vehículos podían realizar la revisión técnico-mecánica sin la exigencia de un SOAT vigente, lo que facilitaba la evasión del seguro. Con este nuevo control, se busca garantizar que todos los automotores cumplan con ambas obligaciones de manera simultánea.

Sanciones por incumplimiento

No contar con un SOAT vigente o no realizar la revisión técnico-mecánica dentro de los plazos establecidos conllevará sanciones económicas y la inmovilización del vehículo. Las multas establecidas para el 2025 son:

  • Falta de SOAT vigente: 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), equivalentes a $1.423.500.
  • No realizar la revisión técnico-mecánica: 15 SMDLV, es decir, $711.750.

Además de estas sanciones, los vehículos que no cumplan con la normativa podrán ser inmovilizados, lo que generará costos adicionales por servicios de grúa y parqueadero.

Implementación de la medida

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) tendrá un mes para definir las herramientas tecnológicas necesarias para que los CDA puedan verificar la vigencia del SOAT en tiempo real. A su vez, en un plazo máximo de tres meses, la ANSV y la Concesión RUNT 2.0 deberán ajustar sus sistemas para que la consulta de seguros obligatorios y el reporte de infracciones a los organismos de tránsito se realicen de manera automatizada.

Adicionalmente, el Ministerio de Transporte realizará evaluaciones periódicas para medir el impacto de estas medidas en la reducción de la evasión del SOAT y la revisión técnico-mecánica, así como en la seguridad vial.

¿Cómo verificar si su vehículo tiene SOAT vigente?

Para evitar sanciones, los propietarios de vehículos pueden comprobar la vigencia del SOAT de manera sencilla a través de la plataforma en línea del RUNT. Solo deben seguir estos pasos:

  • Acceder a la página web del RUNT.
  • Seleccionar la opción “Consulta por placa”.
  • Ingresar el número de placa del vehículo y el tipo de documento del propietario.
  • Completar el código captcha.
  • Hacer clic en “Consultar información”.

Este proceso toma solo unos minutos y permite confirmar si el seguro obligatorio está vigente, evitando así posibles multas o la inmovilización del vehículo.

Con la implementación de estas nuevas medidas, se busca mejorar la seguridad vial y promover una mayor cultura de cumplimiento entre los conductores en Colombia.

Referencias